Constitución de Quintana Roo al servicio de la clase polí­tica

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Necesariamente Incómoda

Graciela Machuca Martinez
Una Constitución Polí­tica debe responder a los intereses del pueblo, por lo que debe ser dinámica y guardar los principios constitucionales y democráticos en aras que la ciudadaní­a se vea beneficiada con ella, por lo tanto debe ser una Constitución viva, pero tampoco puede quedar al arbitrio de los compromisos polí­ticos y económicos de quienes integren el Poder Legislativo.
En Quintana Roo sucede esto último, porque la Constitución local, al igual que las leyes secundarias, está sometida al arbitrio de quienes son los representantes populares, pero quienes en lugar de garantizar que se respete la voluntad del pueblo, lo que hacen es modelar la ley a imagen y semejanza de sus intereses o los de sus patrocinadores.
Ha sido costumbre que en México la ley se tuerza para quedar al servicio de los grupos polí­ticos que detentan el poder, pero la ciudadaní­a ya está harta de ello y una forma de demostrarlo fueron los resultados electorales del 2 de julio pasado, aunque ni los dirigentes de Morena, se hayan percatado del mensaje.
Las y los integrantes de la XV Legislatura del estado de Quintana Roo, volvieron a hacer de las suyas y se metieron, una vez más, con la Constitución, pero no para mejorarla, sino para moldearla a modo y sea esta la que se adecue al perfil de quien ya fue ”ungido» por el Congreso como Fiscal General y no que los aspirantes a tan importante cargo se adecuen a los requisitos de la Constitución.
El procedimiento que viene para que los cabildos de Quintana Roo aprueben la reforma constitucional y después el Congreso emita la convocatoria abierta para que la sociedad civil participe con propuestas, ya es solo trámite, la Constitución de Quintana Roo se reformó para guardar las formas y así­ cubrir decisiones verticales.
La misma Constitución seí±ala que es el Congreso la instancia encargada de nombrar al Fiscal General del Estado, entonces, la responsabilidad de estas anomalí­as recaen en quienes integran la XV Legislatura, encabezados por su presidente, Eduardo Lorenzo Martí­nez Arcila.
Como ya lo recordamos en este espacio, el exfiscal General presentó su renuncia formal al Congreso a finales de septiembre y ni tardo ni perezoso, Martí­nez Arcila ordenó difundir una convocatoria para llamar a las fracciones parlamentarias para que presentaran sus propuestas.
Pero al leer la convocatoria, ya publicada, se dieron cuenta que tení­a errores técnicos y constitucionales graves, por lo que les ordenaron dar marcha atrás y Martí­nez Arcila salió con el popular dicho: dice mi mamá que siempre no.
El pretexto para cubrir tan grave error fue una iniciativa que firmó el diputado Jesús Alberto Zetina Tejero, presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, con la finalidad de reformar la Constitución y así­ enmendar la plana y prepararle el camino a quien ya ha sido designado y en funciones como encargado de la Fiscalí­a, pues lo que está haciendo el Congreso solo es ”taparle el ojo al macho».
Quienes le elaboraron la iniciativa a Zetina Tejero cometieron una serie de errores tanto formales como de fondo, de unos ni cuenta se dieron y otros tuvieron que irlos corrigiendo hasta que en la sesión del 10 de octubre, por mayorí­a, salvo un voto en contra, aprobaron una nueva reforma constitucional.
En el primer renglón de la exposición de motivos suscrita por Zetina Tejero, dice: ”Mediante Decreto 441, publicado en el Periódico Oficial del Estado de 25 de junio de 2016, se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Polí­tica del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, con el objetivo, entre otros, de crear la Fiscalí­a General del Estado…».
Sin embargo, ese Decreto no existe como tal, sino se debió referir al Decreto 411, ”por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Polí­tica del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo», publicado en la edición del Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, de fecha 25 de junio de 2016.
Quienes defienden la negligencia e ignorancia de Martí­nez Arcila y su equipo, pueden alegar en su favor, que solo fue un número, en lugar de 441 debió ser 411, pero si fundamenta su iniciativa en el Decreto 441 publicado en la edición del Periódico Oficial del 25 de junio este no existe, por lo que su motivación y argumentación son inexistentes, por lo menos al hacer referencia al Decreto 441.
En fin, tení­an que salir del apuro y armaron la iniciativa como dios les dio a entender. Al referirse a la residencia de no menos a cinco aí±os anteriores a la designación del caso, en la exposición de motivos de la iniciativa se dice:
”Resulta entendible que dicha exigibilidad obedezca a la lógica de que un nativo, o una persona no nativa, pero con determinados aí±os de residencia en la entidad, conoce de manera pormenorizada las condiciones propias de Quintana Roo y, por tanto, las condiciones históricas, culturales, sociales, polí­ticas y económicas de la entidad, lo cual contribuye a un mejor desempeí±o del cargo público que ocupe.
”Sin embargo, resulta igual admisible que ciertos cargos públicos que requieren considerar también elementos de idoneidad, tales como la capacidad, el conocimiento de la materia, la experiencia, la especialidad y, ante todo, el compromiso irrenunciable de acometer las circunstancias adversas que inciden en determinadas áreas del quehacer polí­tico».
Este 10 de octubre de 2018 quedará en la historia de Quintana Roo como el dí­a en que la XV determinó reformar la Constitución para responder a sus intereses polí­ticos, sin acordarse que su obligación es defender los intereses del pueblo y no de unos cuantos.
Fue así­ como el Pleno de la XV Legislatura aprobó con 21 votos a favor y uno en contra, la reforma a la Constitución de Quintana Roo, referente al proceso de designación de Fiscal General del Estado. Las y los diputados presentes en la sesión ”avalaron el dictamen con minuta proyecto de decreto por el que se reforman la fracción II, y los párrafos primero y cuarto del inciso A), del apartado A, y el párrafo tercero del apartado D; y se deroga el párrafo segundo del inciso A), del apartado A; del artí­culo 96 de la Constitución Polí­tica del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo».
La opositora a esta iniciativa fue la diputada Leslie Hendricks Rubio, quien votó en contra de la reforma, por considerar que no se estarí­a cumpliendo con el requisito de mí­nima vinculación con la comunidad.
El dictamen aprobado elimina el requisito de oriundez y residencia para establecer que además de ser ciudadano mexicano por nacimiento, las personas interesadas en ocupar el cargo de Fiscal General deben contar con residencia en el paí­s.
Pero no para todos los fiscales es válida la reforma, ya que en el caso del Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, ”sí­ será exigible el requisito de oriundez o residencia mí­nima en la entidad».
Durante el último aí±o de la XV Legislatura del estado de Quintana Roo esperamos más reformas a la Constitución y adecuación de leyes secundarias a los caprichos de Martí­nez Arcila y compaí±í­a. La ciudadaní­a no tiene que esperarse hasta las elecciones locales para diputados del próximo aí±o, pues tiene el derecho de í­nconformarse contra acciones negativas de sus supuestos representantes populares en cualquier momento.

Graciela Machuca

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